Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2019-S1
Fecha: 14-Nov-2019
Fragmento 8
El accionante, a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción, a una justicia rápida, oportuna y sin dilaciones, al trabajo, así como el principio de celeridad, toda vez que, habiendo interpuesto recurso de apelación incidental contra la Resolución 013/2019 que rechazó su solicitud de modificación de medidas sustitutivas, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, la autoridad demandada no remitió los antecedentes ante el Tribunal de alzada, incumpliendo el plazo previsto por el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- Fragmento 8
- una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas
- III.2.
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 3º