SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2019-S1

Fecha: 14-Nov-2019

NO SE ASIGNA CUSTODIOS para el traslado de CSI GUANAY

El Director del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz debe asignar personal que trabaje los fines de semana para recepcionar este tipo de órdenes que no pudieron ser entregadas “hasta la mañana del día de hoy 24.06.2019 pero pasadas las 14:30 horas NO SE ASIGNA CUSTODIOS para el traslado de CSI GUANAY” (sic), diligencia que debió efectuarse de inmediato ya que por informes médicos que son de conocimiento de la autoridad demandada, su tratamiento no puede realizarse en dicho Centro Penitenciario.

Agregó que, la autoridad hoy demandada tampoco remitió los informes médico y psicológico requeridos por el Fiscal de Materia el 2 de abril de 2019; y, menos elevó el informe biopsicosocial que determine de manera clara las enfermedades diagnosticadas, y, si en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz cuenta con la infraestructura para tratar las dolencias que padece.