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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2019-S1

    Fecha: 14-Nov-2019

    II.3.

    II.3.  Por memorial presentado el 9 de julio de 2019, el accionante argumentando que la presente acción de libertad versa sobre una ilegal persecución en su contra y sus abogados retiró la acción de libertad, a ese efecto el Tribunal de garantías mediante providencia de ese mismo día declaró no ha lugar esa solicitud (fs. 22 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • i)
    • III.1. Sobre la acción de libertad y el debido proceso
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad.»’
    • CONFIRMAR

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