SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2019-S1

Fecha: 21-Nov-2019

1)

Nils Emerson Flores Prieto, Director de Desarrollo Urbano del GAM de Bermejo del departamento de Tarija, a través de informe escrito, cursante de fs. 11 a 13, señaló que: 1) En su calidad de Director de Desarrollo de Ordenamiento Territorial y Catastro (DOT) atiende a diario solicitudes de toda la ciudadanía de Bermejo que son masivas y que la unidad de Catastro se encuentra compuesta por tres personas las cuales atienden las diferentes peticiones; 2) Ingresó una carta de la ahora accionante el 2 de abril de 2019, pidiendo certificación de “…NO ÁREA VERDE NI SE ENCUENTRA DENTRO DE LA PROPIEDAD DEL G.A.M.B” (sic), sin ningún tipo de respaldo para ubicar el inmueble; 3) La carta de la hoy impetrante de tutela fue presentada sin ningún tipo de respaldo o adjuntando documentación adicional como fotocopia de carnet de identidad y lo más importante el plano de referencia e ubicación del lugar del inmueble, siendo este uno de los requisitos para realizarse la verificación y mediciones respectivas; asimismo, otro de los factores por el cual no se respondió a la solicitud es que la parte interesada no se encontraba en su inmueble, no pudiéndose realizar la inspección al mismo; 4) Al pasar los días la parte interesada no se presentó en oficinas de DOT para obtener respuesta y entregarle las observaciones de la solicitud como puntos importantes y requisitos necesarios para emitir una certificación, como ser fotocopia de cédula de identidad, escritura o documento privado de compra venta y plano de lote referencial del inmueble, que la impetrante no presentó; y, 5) Hace conocer que al presentar los requisitos mínimos e indispensables su persona en calidad de Director de Ordenamiento Territorial y Catastro responderá a la solicitud de la peticionante de tutela.