SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2019-S1

Fecha: 21-Nov-2019

concedió

El Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Bermejo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2019 de 3 de junio, cursante de fs. 16 vta. a 17 vta., concedió la tutela impetrada sin costas, disponiendo que la autoridad demandada, de manera clara, precisa, completa, congruente y legal de respuesta a la solicitud presentada el 2 de abril de 2019, otorgando el plazo de veinticuatro horas computables a partir de la notificación, bajo los siguientes fundamentos: i) El amparo constitucional procede contra actos u omisiones ilegales e indebidas de servidores públicos o persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amanecen restringir o suprimir los derechos o garantías reconocidas por la Constitución y las leyes vigentes, siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías; ii) Por el carácter informal del derecho a la petición exige como único requisito la identificación del peticionario y la necesidad que el ciudadano encuentre respuesta y orientación respecto a su solicitud en una clara búsqueda por acercar al administrador con el estado otorgándole a aquel un medio idóneo para obtener la respuesta buscada o en su caso la información sobre las autoridades ante quienes debe acudir; iii) Resulta claro e incontrovertible que la autoridad demandada no dio respuesta a la solicitud presentada el 2 de abril de 2019; y, iv) La accionante no recibió respuesta a su petición, por lo que el actuar de la parte demandada no significa otra cosa que omisión al derecho de petición establecido en la Constitución Política del Estado de forma ilegal.