SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2019-S1

Fecha: 28-Nov-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el 9 de abril de 2019 ante el “…Juez 15avo de instrucción Cautelar…” (sic), se llevó a cabo la audiencia de aplicación de medidas cautelares, en la que se dispuso su detención preventiva y en ejercicio de su derecho a la defensa, el 12 del mismo mes y año al amparo de los arts. 251 y 403 del Código de Procedimiento Penal (CPP) interpuso apelación incidental contra dicha determinación.

No obstante el tiempo transcurrido, hasta la interposición de la presente acción tutelar -24 de julio de 2019-, el recurso de apelación incidental presentado no fue remitido ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; por lo que,  precisando su pretensión solicito: “…se me conceda la tutela impetrada y se ordene que las Autoridades accionadas, remitan mi cuaderno procesal a la sala penal de turno, previo sorteo computarizado, en el plazo de 24 Horas, donde se va poder evidenciar claramente que dicha apelación no ha sido remitida por negligencia y el retardo de justicia que se campea en esos dos Juzgados” (sic).