AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2019-CA
Fecha: 05-Dic-2019
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
La sociedad accionante a través de su mandante, en los otrosíes 1 y 2 del memorial presentado el 21 de noviembre de 2019, cursante de fs. 247 a 255, a momento de la interposición del recurso de revocatoria contra la Resolución Sancionatoria 10-00103-19 de 31 de octubre de 2019, pronunciada dentro del proceso administrativo iniciado contra INDUSTRIAS VENADO S.A. por una presunta infracción leve en la que se incurrió al culminar la promoción empresarial “SIENTE EL DEPORTE JUNTO A FRUSSION”, refiere que, en el punto octavo de la Resolución pronunciada se advierte que, a efecto de interponer el recurso de revocatoria se debe acompañar el original del depósito bancario o boleta de garantía bancaria de seriedad de cumplimiento de ejecución inmediata en moneda nacional por el plazo de un año, equivalente a la sanción impuesta y establecida en la Resolución cuestionada de acuerdo con el art. 41 parágrafo IV del DS 2174; figura legal del Solve et Repete que fue declarada inconstitucional por la SCP 0967/2014 de 23 de mayo, anunciando formular recursos constitucionales en caso de pretender se cumpla una previsión inconstitucional, pues las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1905/2013 de 29 de octubre y 0967/2014 de 23 de mayo, ya declararon la inconstitucionalidad de dicha figura, por lo que pide se promueva la presente acción, al disponer la norma cuestionada el rechazo in límine y sin más trámite del recurso de revocatoria por falta del depósito bancario, sobre el total de la multa.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- ,
- Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo
- de control concreto de constitucionalidad de normas jurídicas en el que el juez constitucional debe confrontar el texto de la norma impugnada con el de la Constitución Política del Estado, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar el ordenamiento jurídico del Estado
- La expresión de los fundamentos jurídico- constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (...) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.3. Análisis del caso
- para su admisión se deberá hacer el depósito de la sanción impuesta
- pues solo aquéllos que tienen los recursos económicos necesarios para hacer efectiva la sanción
- RATIFICAR