Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0336/2019-CA
Fecha: 20-Dic-2019
no promover
Por Resolución de 29 de noviembre de 2019, cursante de fs. 49 a 50 vta., Autoridad Sumariante del Régimen Disciplinario de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, determinó “no promover” la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Claudia Mérida Arenas, fundamentando que: a) La demanda tiene argumentos inconsistentes y no permite efectuar una valoración conforme establece el procedimiento constitucional boliviano; y, b) De forma contradictoria pide se dicte resolución para su correspondiente remisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional para que se emita sentencia declarando la inconstitucionalidad de los artículos del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público.
- Autoridad Sumariante del Régimen Disciplinario de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- no promover
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- podrá ser presentada
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto