AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2019-RCA
Fecha: 04-Dic-2019
a)
Solicitan se conceda la tutela, determinando: a) La nulidad del Auto de Vista de 7 de febrero de 2019, dictado por los Vocales codemandados, ordenándoles dicten nueva resolución aplicando la interpretación del art. 3.1, 55 y 90 del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrg) aplicable por el principio de ultraactividad de la ley, siguiendo la línea establecida en la SCP 0153/2018-S3 de 2 de mayo, debiendo anular y retrotraer el proceso hasta la fecha en la cual falleció su padre, hecho que se dio a conocer al Juez de la causa, quien debió llamar a los herederos para sustituirlo en el juicio para que asuman defensa en ese estado y no cuando la Sentencia ya se encontraba ejecutoriada como ocurrió; y, b) Se determine la responsabilidad civil con pago de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- 1)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- II.2.
- II.3. Análisis del caso concreto
- o los datos básicos para identificarla
- g)