AUTO CONSTITUCIONAL 0396/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0396/2019-RCA

Fecha: 17-Dic-2019

rechazó in límine

La Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba, por Resolución de 19 de noviembre de 2019, cursante de fs. 109 a 110 vta., rechazó in límine esta acción por su manifiesta improcedencia, al encontrarse dentro de la causal de rechazo prevista en el art. 66.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo), argumentando que: 1) La UMSS es una entidad autónoma de derecho público, constituida por docentes y estudiantes, con personería jurídica propia; entendiéndose por autonomía la capacidad que tiene para la libre administración de su patrimonio, elección de autoridades, nombramiento de personal docente administrativo, elaboración y aprobación de sus Estatutos, planes de estudio, reglamentos y presupuesto anual entre otros, constituyendo una institución libre de toda interferencia que menoscabe el cumplimiento de sus fines específicos de formación, investigación e interacción social; 2) El Estatuto Orgánico de la UMSS, en su capítulo tercero, art. 29, respecto de los órganos de Gobierno Universitario, reconoce al Consejo Universitario como la instancia máxima que rige el ejercicio de sus funciones; y, 3) La carta de renuncia del Rector de la UMSS, dirigida a la Presidenta del Consejo Universitario, pone a consideración de dicho ente su determinación, sin constar en actuados una respuesta a la misma, de acuerdo con sus propios estatutos, resoluciones de Congreso y demás normas reglamentarias, debiendo dilucidarse la petición del accionante en el marco de su competencia.