SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019

Fecha: 18-Dic-2019

I.1.  Antecedentes procesales sustanciados ante la Jueza Pública Civil y Comercial Decimotercera de Sucre del departamento de Chuquisaca

Mediante memorial presentado el 12 de julio de 2017, cursante de fs. 59 a 63 vta., Raúl Escobar Amado en representación de Mercedes Coronado Sandoval, en virtud al Testimonio de Poder 594/2017 de fs. 57 a 58 vta., formuló demanda de resolución de contrato, contra Mário Mamani Condori y Julia Gonzales Mendoza; producto de ello, la Jueza Pública Civil y Comercial Decimotercera de Sucre del citado departamento, pronunció la Sentencia 07/2018 de 16 de enero, cursante de fs. 15 a 17 vta., declarando probada la demanda, disponiendo la resolución del contrato privado de transferencia de fracción de lote de terreno de 29 de abril de 2017 suscrito entre las partes y la devolución del monto de $us17 000.- (diecisiete mil dólares estadounidenses) por parte de los demandados, por concepto de pago del precio a favor de Mercedes Coronado Sandoval.

La parte demandada interpuso recurso de apelación contra el citado fallo; en ese mérito, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista SCCI-0171/2018 de 20 de junio, cursante de fs. 18 a 19, determinando anular obrados, debido que el lote de terreno puesto en litigio constituye un predio rural que al no estar dentro la mancha urbana de Sucre, no corresponde que los derechos y controversias respecto a él, sean tramitadas por la jurisdicción civil ordinaria, al existir otra especializada que resulta ser la agroambiental para su conocimiento, no pudiendo ser prorrogada la competencia material por estar reservada esta figura únicamente a la competencia territorial.