SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2019-S4
Fecha: 04-Dic-2019
a)
Jhovana Liz Berrios Alvizu, Fiscal de Materia de la Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales de El Alto del departamento de La Paz, en audiencia manifestó lo siguiente: a) Por acción directa de la Policía Nacional de 28 de febrero de 2019, se arrestó a Nelly Jeanneth Chambi Núñez a las 13:05, como manifiesta la accionante, pero también es cierto que se han realizado actos investigativos, como ser la ficha de antecedentes policiales en la cual se tiene que la ahora impetrante de tutela cuenta con antecedentes policiales por el mismo delito, así también la declaración informativa de la víctima, quien indicó que reconoce a la accionante como la persona que le habría sustraído su bolsa en la cual se encontraría su carterita donde tenía guardado mil novecientos bolivianos; y, b) En ese sentido, el fallo fundamentado de aprehensión fue emitida dentro de las ocho horas así como la notificación con la resolución y orden de aprehensión a la solicitante de tutela, realizada a las 21:00; en cuanto a la citación la misma también se encontraba dentro del término legal, teniendo que aplicar en este caso el principio de subsidiaridad porque el Ministerio Público ha puesto el caso en conocimiento del Control Jurisdiccional, estando pendiente la imputación y la resolución de medidas cautelares.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional, cuando:
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR