SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2019-S4
Fecha: 04-Dic-2019
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Noveno del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 18/2019 de 2 de agosto, cursante de fs. 40 a 44, denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: i) Revisados los antecedentes, se tiene que el ahora solicitante de tutela, hasta antes de pronunciarse la Resolución 285/18, se encontraba recluido en el Recinto Penitenciario de San Pedro de dicho departamento, mientras que el beneficio de libertad condicional otorgado fue revocado en apelación, porque la decisión del Juez a quo no cumpliría con una debida fundamentación; en razón de esto, se emitió el mandamiento de captura del cual no se advierte que sea vulneratorio a la libertad, por el contrario el actuar de la autoridad demandada es correcto, pues debe volver a su situación anterior al fallo precitado; ii) Es ésta autoridad judicial la que debe disponer lo que en derecho corresponda respecto del Auto de Vista dictado, tomando en cuenta el Convenio entre Bolivia y Estados Unidos; sin embargo, la norma interna deberá adecuarse a los alcances de las normas vigentes y establecer si atañe homologar, aprobar o determinar alguna otra circunstancia; y, iii) En el presente caso, el actuar del Juez demandado es adecuado, por cuanto, restableció la situación procesal en la que se encontraba hasta antes de concederse la libertad condicional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad. Base normativa y relación con el debido proceso
- CONFIRMAR