SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2019-S2

Fecha: 03-Dic-2019

1)

Nils Choqueticlla Callahuara, Juez de Instrucción Penal Sexto del departamento de Oruro; mediante informe de 30 de julio de 2019, cursante a fs. 27 y vta., sostuvo lo siguiente; 1) En el Auto Interlocutorio 265/2019 de 11 de julio, a tiempo de considerar la cesación a la detención preventiva del peticionante de tutela, se realizó un análisis ponderado de los motivos que fundaron su detención, es así que del análisis integral de los mismos, se concluyó que el informe psicológico no tendría vinculación directa para enervar el riesgo de fuga establecido por el art. 234.10 del CPP, más si el informe refiere aspectos de comportamiento vinculados al concepto de violencia, cuando lo que se investiga es el delito de tráfico de sustancias controladas; y; 2) No es evidente que se hubiera incrementado un riesgo procesal, si bien se manifestó que el informe psicológico no se remite a los motivos de la inserción del citado riesgo de fuga, se aclaró que dicho peligro concurre por la afectación a la salud pública.