SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2019-S2
Fecha: 03-Dic-2019
1)
Nils Choqueticlla Callahuara, Juez de Instrucción Penal Sexto del departamento de Oruro; mediante informe de 30 de julio de 2019, cursante a fs. 27 y vta., sostuvo lo siguiente; 1) En el Auto Interlocutorio 265/2019 de 11 de julio, a tiempo de considerar la cesación a la detención preventiva del peticionante de tutela, se realizó un análisis ponderado de los motivos que fundaron su detención, es así que del análisis integral de los mismos, se concluyó que el informe psicológico no tendría vinculación directa para enervar el riesgo de fuga establecido por el art. 234.10 del CPP, más si el informe refiere aspectos de comportamiento vinculados al concepto de violencia, cuando lo que se investiga es el delito de tráfico de sustancias controladas; y; 2) No es evidente que se hubiera incrementado un riesgo procesal, si bien se manifestó que el informe psicológico no se remite a los motivos de la inserción del citado riesgo de fuga, se aclaró que dicho peligro concurre por la afectación a la salud pública.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 La fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 11
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; iii) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, iv) Por la falta de coherencia del fallo, se da: iv.a) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del CPP
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)