SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 96/2019 de 24 de septiembre, cursante de fs. 134 a 146 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Iris Judith Baptista Gutiérrez contra Reynaldo Freddy Sangüeza Ortuño y José Luis Choque Navía, Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Oruro y Victoria Cecilia Bernal Aguilar, Jueza Pública Civil y Comercial Décima Primera, todos de Oruro.
Durante la gestión 2015, Beatriz Mendivil Coca de Terrazas inició un proceso de regularización de derecho propietario del inmueble mediante acción dirigida contra su padre Esteban Baptista Ossio, correspondiendo su conocimiento a la Jueza Pública Civil y Comercial Décima Primera del departamento de Oruro, quien emitió la Sentencia 48/2016 de 26 de abril, por la que declaró probada la demanda y ordenó la inscripción del derecho propietario de la actora sobre el inmueble ubicado en la calle Ayacucho 442 entre Tejerina y Tarapaca, zona este de la ciudad de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- se garantice al justiciable el conocimiento o notificación oportuna de la sindicación para que pueda estructurar eficazmente su defensa, el derecho a ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia, en suma, se le dé la posibilidad de defenderse adecuadamente de cualquier tipo de acto emanado del Estado, donde se encuentren en riesgo sus derechos, por cuanto esta garantía no sólo es aplicable en el ámbito judicial, sino también administrativo
- exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales y que sus derechos se acomoden a lo establecido por las disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- derecho a la defensa
- el derecho a la defensa
- III.2. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones
- i)
- arbitrariedad
- Fragmento 16
- CONFIRMAR