Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
II.4.
II.4. La indicada Resolución, declaró probada la demanda planteada por Beatriz Mendivil Coca de Terrazas contra los presuntos herederos de Esteban Baptista Ossio; y, ordenó la inscripción del inmueble ubicado en calle Ayacucho 442, entre Sargento Tejerina y Tarapacá, zona este de la ciudad de Oruro, con una superficie de 180 m2, con antecedente dominial contenido en la Partida 783 del Libro de Propiedades de la Capital de 1993 (fs. 10 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- se garantice al justiciable el conocimiento o notificación oportuna de la sindicación para que pueda estructurar eficazmente su defensa, el derecho a ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia, en suma, se le dé la posibilidad de defenderse adecuadamente de cualquier tipo de acto emanado del Estado, donde se encuentren en riesgo sus derechos, por cuanto esta garantía no sólo es aplicable en el ámbito judicial, sino también administrativo
- exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales y que sus derechos se acomoden a lo establecido por las disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- derecho a la defensa
- el derecho a la defensa
- III.2. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones
- i)
- arbitrariedad
- Fragmento 16
- CONFIRMAR