SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S2

Fecha: 05-Dic-2019

denegó

La Sala Constitucional Tercera del departamento de La Paz, mediante Resolución 094/2019 de 1 de julio, cursante de fs. 344 a 346, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El conflicto de mercados del municipio entre comerciantes o vendedores, es atribución exclusiva del Gobierno Autónomo  Municipal de El Alto, quien a través de sus unidades especializadas, como la Dirección de Ferias y Mercados, son las autoridades encargadas de velar por el asentamiento de las personas en los puestos de venta o resolver los problemas que se suscitan, conforme a la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales -Ley 482 de 9 de enero de 2014- y otras disposiciones municipales; 2) El referido Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, cuenta con la fuerza coercitiva para hacer cumplir sus fallos municipales y no acudir directamente a la instancia constitucional; por cuanto, de concederse la presente acción de amparo constitucional, se estaría desconociendo la facultad que le otorga las normas a dicho ente municipal; y, 3) Sobre los puestos en cuestión no existe ningún derecho consolidado, porque se encuentra en litigio y un trámite administrativo que deberá ser resuelto ante la autoridad correspondiente.