SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S2
Fecha: 05-Dic-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 3 de abril de 2018, se concretó su afiliación; razón por la cual, asistió a la indicada Feria; empero, fue objeto de una usurpación y toma de sus puestos por los demandados, quienes de manera violenta con amenazas le dijeron: “ʽ…AQUÍ VA CORRES SANGRE…ʼ” (sic), arrojaron sus productos, pusieron en su lugar escombros, colocando alrededor la bandera de Bolivia; asimismo, tiempo después salieron a vender en los puestos que le usurparon asentándose de forma ilegal y al no poder llegar a una solución acudió a la mencionada Asociación “Amanecer Andina”; posteriormente, a la Federación de Gremiales; y, al Gobierno Autónomo Municipal, ambos de El Alto, específicamente ante la Dirección de Ferias y Mercados; también, a la Asamblea Permanente de Derechos Humanos y por último a la Defensoría del Pueblo; sin embargo, no se le restituyó sus puestos; incluso en una ocasión se presentó con los funcionarios del citado ente municipal, a quienes los demandados los golpearon y les echaron sal; de igual forma, en otra oportunidad fue solo y lo agredieron a golpes, teniendo días de impedimento, existiendo por ello un proceso penal contra los demandados.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 14
- i)
- Fragmento 16
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2.
- 1)
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela provisional y transitoria
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- la potestad o facultad que tiene toda persona a encontrar y mantener una ocupación que le permita asegurar su propia subsistencia y la de aquellos que se encuentran bajo su dependencia
- Estados partes se comprometen a adoptar las medidas que garanticen plena efectividad al derecho al trabajo
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 30
- REVOCAR
- 2º
- MAGISTRADO
- Fragmento 34
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas