SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1087/2019-S2
Fecha: 05-Dic-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la vida y a la salud, toda vez que se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario de Morros Blancos de la ciudad de Tarija, y que por su avanzada edad de 73 años, y padecer una afección pulmonar crónica, se encontraría en riesgo inminente de perder la vida; pese a esta situación crítica, el Médico Cirujano de dicho Centro Penitenciario, aún sabiendo de su condición de salud, se negó a disponer su traslado a un centro hospitalario, donde debería ser atendido por un médico especialista; por lo que, pide se le conceda la tutela y se disponga su traslado al Hospital Obrero, para recibir tratamiento y medicación del especialista, todo ello en resguardo de su salud y vida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe del médico demandado
- a)
- denegó
- 1.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La acción de libertad innovativa
- la amenaza al derecho a la vida
- Fragmento 12
- 1)
- Personas Adultas Mayores
- enfoques específicos
- No Discriminación
- grupos vulnerables- por lo que el Estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- ,
- Por ello, a diferencia de la tutela a la libertad, y su condicionamiento del agotamiento previo de las instancias intraprocesales, para pedir su protección a través de este medio constitucional idóneo, eficaz e inmediato, respecto a la vida, su tutela puede ser solicitada de manera directa; es decir, que puede acudir a la jurisdicción constitucional, sin tener que agotar previamente la vía jurisdiccional