Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2019-S2
Fecha: 11-Dic-2019
Fragmento 4
El accionante, a través de su abogado, ratificó íntegramente el contenido de su demanda tutelar y ampliando señaló que, el Informe de la Dirección de Planificación no indica que regenta una materia troncal, más bien le favorece porque dice que está regentando una materia básica; por lo que, al ser básica como lógica consecuencia es troncal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2.
- III.3. Contenido esencial d
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO