SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2019-S2
Fecha: 11-Dic-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerados sus derechos a la igualdad de trato y al sufragio pasivo; toda vez que, las autoridades demandadas, al inhabilitarlo como postulante para optar el cargo de Director de la Carrera de Ingeniería de Petróleo y Gas y “T.S.” en Petróleo y Gas Natural, dependiente de la Facultad de Ciencias y Tecnología de la UMRPSFXCH, no obstante que existe una certificación del Decano de esa Facultad, que acredita que la asignatura que regenta “Química General QMC 100”, es troncal, el que no fue tomado en cuenta por la Comisión Electoral, sino que de manera ilegal basaron su decisión en un Informe de la Unidad de Desarrollo Curricular de la Dirección de Planificación y Evaluación Académica de la Universidad, que indica que dicha asignatura no es troncal, que sería básica y no del Ejercicio de la Profesión; razón por la cual, solicita se conceda la tutela impetrada, dejando sin efecto las Resoluciones 10/2019 y 17/2019, disponiendo que los miembros del Comité Electoral demandados dicten nueva resolución que lo habilite para participar como candidato al cargo de Director de la Carrera de Ingeniería de Petróleo y Gas y “T.S.” en Petróleo y Gas Natural.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2.
- III.3. Contenido esencial d
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO