SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2019-S2

Fecha: 23-Dic-2019

III.4.  Análisis del caso concreto

Identificado el objeto procesal, que converge en la desprotección a la que las autoridades demandadas -Fiscala y Juez- exponen a la accionante en su condición de presunta víctima de un delito de violencia familiar o doméstica;  la Fiscala debido a que aun subsistiendo amenazas de muerte en su contra continua dilatando su solicitud de medidas de protección, instándola a demostrar el delito y el vínculo con el denunciado como si fuera el sujeto activo de la investigación; así como la dilación en la que incurre la autoridad jurisdiccional demandada, de ejercer control jurisdiccional, pese a sus reiteradas solicitudes.

Pues bien, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, al no hacerse presente la Fiscala, como la autoridad judicial codemandada a la audiencia pública de la acción de libertad y tampoco haber presentado el informe respectivo, a fin de desvirtuar las denuncias efectuada por el accionante, pese a haber sido legalmente notificada el 25 de octubre de 2017 (fs. 13 a 14) corresponde ante dicha omisión aplicar el principio de presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados por la accionante; toda vez que la parte demandada tenía la obligación de presentar la prueba necesaria y suficiente que permita desestimar una acción presentada en su contra; de acuerdo a ello, se procederá a efectuar el análisis según los argumentos presentados por el accionante y los antecedentes arrimados.