SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1177/2019-S1
Fecha: 02-Dic-2019
1)
José Miguel Vásquez Castelo, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Oruro, en audiencia de esta acción de libertad, manifestó lo siguiente: 1) Su colega Julio Huarachi Pozo -ahora demandado-, se encuentra declarado en comisión, razón por la que no asistió a la presente audiencia tutelar; 2) No cuenta con legitimación pasiva para ser demandado con la presente acción de libertad; toda vez que, “…las notificaciones y auto de vista pertinente lo realiza la Sala Penal 2…” (sic); por lo que, debió realizar su reclamo ante dicho Tribunal; y, 3) La notificación que ahora se cuestiona, se realizó conforme a lo previsto en el art. 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en este caso en su domicilio real.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR