SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2019-S1

Fecha: 04-Dic-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, mediante Resolución 053/2019 de 8 de julio, cursante de fs. 22 a 24 vta., concedió la tutela solicitada -sin disponer nada-, bajo los siguientes argumentos: i) Del informe presentado y la documentación adjuntada por la ahora autoridad demandada, puede evidenciarse que mediante oficio CITE: T.D.D.T 010/2019, recepcionado el 4 de julio de 2019 por la Federación de Trabajadores en Educación Urbana del Beni, se dio respuesta a la solicitud de información requerida; sin embargo, no es menos cierto que los peticionantes de tutela tuvieron que reiterar su solicitud en dos oportunidades y que la respuesta emitida fue posterior a la interposición de la presente acción tutelar, la cual fue presentada el 4 de julio a las 12:25 y el oficio que dio respuesta a lo solicitado fue recibido en la misma fecha a horas 17:05, de ahí que se advierte la lesión al derecho de petición de la parte accionante; toda vez que, no se emitió pronunciamiento formal oportuno congruente, concreto y en un plazo razonable a las solicitudes efectuadas; y, ii) La parte accionante dio cumplimiento a los presupuestos exigidos por la doctrina constitucional desarrollada para la concesión de tutela por lesión al derecho de petición, puesto que se acreditó con los elementos probatorios concernientes a las notas de 11, 26, y 28 de junio de 2019, mediante las cuales los impetrantes de tutela pidieron información respecto al proceso administrativo seguido a un profesor, copia del cuadernillo procesal, Acta de conformación del Tribunal Disciplinario e Informe del estado en el que se encuentra el indicado proceso, solicitud que fue respondida después de “…más de diez días hábiles…” (sic) de haber sido impetrada.