SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2019-S1

Fecha: 16-Dic-2019

1)

La accionante, a través de su abogado, ratificó íntegramente el memorial de acción de amparo constitucional, ampliando en audiencia, luego de la lectura del memorial de informe de la parte demandada señaló que: 1) El SENASIR dispone y ejecuta la suspensión definitiva de su renta de jubilación con el argumento de que habría contraído un anterior matrimonio y luego otro sin contar con libertad de estado, vulnerando el principio elemental del debido proceso, sin analizar que podría haber sido un homónimo; 2) Contrajo matrimonio hace más de cuarenta años, el cual es plenamente vigente y legal mientras no haya sido declarado nulo; 3) El art. 160 del Código  de las Familias y del Proceso Familiar –Ley 603 de       19 de noviembre de 2014– surte efectos jurídicos desde el matrimonio y el Manual de Prestaciones y Rentas en su art. 37 dispone la suspensión de rentas en dos casos: i) Que haya muerto la viuda, lo cual no ha sucedido; y, ii) Cuando la viuda contraiga nuevas nupcias o entre en concubinato; y, 4) El SENASIR suspendió el pago de rentas irregularmente sin darle el derecho a la defensa y ejecutó la Resolución 0000189 sin preguntar si había otro matrimonio; asimismo, aplicó erróneamente el art. 37 del Manual de Prestaciones y Rentas transgrediendo su propia normativa.