0009/2019 de 14 de febrero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0009/2019 de 14 de febrero

Fecha: 14-Feb-2019

II.1.  La declaratoria de constitucionalidad condicionada de una norma

“…en mérito a la facultad otorgada por el art. 13.I del CPCo, sin modificarse el fondo de la citada SCP 1462/2013, se aclara que las sentencias constitucionales que declaran la constitucionalidad condicionada de una norma sometida a control normativo de constitucionalidad, tienen génesis en el principio constitucional de conservación de la norma, el cual se encuentra taxativamente reconocido por el art. 3.1 del CPCo, disposición que señala lo siguiente: ‘En los casos en que una ley admita diferentes interpretaciones, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en todo momento optará por la interpretación que sea compatible con el texto constitucional’.