Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2019-RCA
Fecha: 07-Feb-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución 262/2018 de 6 de noviembre de 2018, cursante de fs. 50 a 51 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Alberto Goitia Caballero en representación legal de Silvano Omonte Rocha contra Antonio Claudio Martínez Villa, Reynaldo Cabrera Aguilar, Edson Leonil Apaza Otálora, Gerardo Edwin Ojeda Carpio y Doris María Muñecas Larrea, Presidente, Secretario y Vocales del Tribunal Examinador respectivamente.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- subsanar
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. La acción de amparo constitucional y las excepciones al principio de subsidiariedad
- estableció excepciones al principio de subsidiariedad en los cuales resulta necesaria la prescindencia del citado principio, con la finalidad efectivizar o materializar derechos fundamentales demandados como conculcados, frente a aspectos formales
- ha establecido excepciones en consideración a la vulneración de derechos fundamentales vinculada a un inminente daño irreparable, como son las medidas de hecho, así como de las personas que requieren de una protección inmediata
- II.3. Análisis del caso concreto