AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2019-RCA
Fecha: 12-Feb-2019
constituye el hecho de que el accionante demuestre la concurrencia de un perjuicio o agravio personal y directo a sus derechos
Por su parte, la SCP 0762/2016-S2 de 22 de agosto, señala que: “En consecuencia, se establece que uno de los requisitos fundamentales de la legitimación activa en la acción de amparo constitucional constituye el hecho de que el accionante demuestre la concurrencia de un perjuicio o agravio personal y directo a sus derechos, es decir que hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo; en virtud del principio de existencia de agravio personal y directo, por cuanto debe existir una vinculación y relación directa entre el acto u omisión reclamada con la lesión de intereses jurídicos protegidos, como son los derechos fundamentales y garantías constitucionales” (las resaltadas son nuestras).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la relación causal directa con el acto o resolución impugnada
- constituye el hecho de que el accionante demuestre la concurrencia de un perjuicio o agravio personal y directo a sus derechos
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR