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    AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2019-RCA

    Fecha: 18-Feb-2019

    I.2.

    La accionante estima que se lesionaron sus derechos a la estabilidad laboral, al trabajo, al principio de seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 14, 46.I y II, 48.I, II, III, IV, V, 49.III, 109.I, 113.I, 115.II, 116, 117.I, 119.II, 120.I, 122, 123; y, 178 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • i)
    • a)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • II.2.  La conminatoria de reincorporación activa la vía constitucional
    • La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y [únicamente] podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.
    • Fragmento 9
    • la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboralʼ.
    • La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución
    • II.4.  Cumplimiento de los requisitos de admisión

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