AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2019-RCA

Fecha: 27-Feb-2019

i)

Refiere que: i) El Juez de garantías se limitó a transcribir una serie de sentencias y jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, y en base a ello, resolvió no ingresar a dilucidar aspectos contractuales y determinar la legalidad o ilegalidad de las resoluciones, sin pronunciarse sobre los derechos alegados de lesionados, ya que la empresa conoce que la vía contenciosa es la que resolverá el fondo de la problemática entre el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba y AMECO S.A.; lo que se está solicitando en la presente acción de amparo constitucional es que se ponga un freno al abuso de autoridad y arbitrariedad, dado que la entidad municipal pretende sobreponer su extemporánea resolución de contrato como presupuesto para ejecutar boletas de garantía y causarles daño irreparable, además de establecer sanciones, las cuales pueden únicamente ser impuestas dentro del proceso contencioso; ii) Se ha demostrado la existencia de una resolución contractual efectivizada por AMECO S.A. contra el citado Municipio, acto que constituyó una conclusión del contrato y para revertir dicha situación debe acudir la entidad municipal a la instancia contenciosa y no así la empresa a la que representan; iii) En cuanto a la acreditación del daño irreparable, se adjuntó una certificación original emitida por el Banco Unión S.A. referente al pago de la garantía al beneficiario, a más de la prohibición de participar en procesos de contratación, restringiendo su derecho a participar de una actividad comercial en el ámbito público, haciendo justicia por mano propia; y, iv) Piden se revoque la resolución del Juez de garantías y se respete el acto administrativo previo y eficaz trabado por AMECO S.A por el cual ha resuelto el contrato dando por concluido el vínculo contractual el cual es modificable únicamente a través de un proceso contencioso administrativo.