SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2019-S2

Fecha: 20-Feb-2019

un mismo hecho

Como se advierte del contenido de Auto de Vista 96, los Vocales demandados; si bien, comienzan por precisar, que para hacer viable el doble juzgamiento, debe verificarse la identidad de sujeto, hecho y causa y reparar que en mérito al principio non bis in ídem, una persona no puede ser juzgada dos veces por un mismo hecho; sin embargo, a tiempo de realizar el contraste entre los procesos penales que se le sigue a la ahora accionante, el análisis efectuado se basa en conjeturas que carecen de todo sustento probatorio o jurídico, puesto que se limitan a efectuar un análisis abstracto en torno a la calificación jurídica de los hechos y al carácter de la acción penal; reparando, en cuanto a la calificación legal, que la causa que se examinaba, era por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza a diferencia del proceso penal en el que ya se pronunció sentencia, por los delitos de falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado; además y en el caso que se planteó el incidente, se trataba de delitos de acción privada, a diferencia del otro proceso por delitos de acción pública.