Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2019-RCA
Fecha: 15-Mar-2019
I.2.
I.2. El 27 de febrero de 2019, Juan Rafael Díaz Ramírez, presentó ante el Juez Público de Familia Cuarto del departamento de Oruro, memorial solicitando explicación y complementación de la Resolución de 21 de igual mes y año (fs. 33 y vta.), lo que derivó a que el mencionado Juez emita el decreto de 27 de ese mes y año, disponiendo que “Estése a lo resuelto en la resolución de fecha 21 de febrero del presente año” (sic), habiéndose notificado a Juan Rafael Díaz Ramírez el 28 de dicho mes y año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.
- I.2.
- que deberá ser notificada a la parte accionante, para que ésta en el plazo de tres días plantee la impugnación contra dicha decisión
- la parte no impugnara dentro de ese plazo, los jueces y tribunales de garantías procederán al archivo de obrados
- o en el plazo de veinticuatro horas
- el plazo de veinticuatro horas
- veinticuatro horas
- DEVOLVER