Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
i)
Noemí Mery Mullisaca Durán, Auxiliar del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de materia contra Violencia hacia las Mujeres Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, presentó informe el 11 de octubre de 2018, cursante a fs. 8 y vta., señalando que: i) Se remitió al Tribunal de alzada, el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 507/2018; asimismo, dicho Juzgado no cuenta con Secretaria titular; y, ii) Fue imposible comunicarse con la autoridad demandada, debido a que se encontraba de vacaciones desde el 8 del referido mes y año, por lo que no tuvo conocimiento de la acción tutelar interpuesta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III.
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte