Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2019-S4
Fecha: 14-Mar-2019
Fragmento 3
El 20 de julio de 2018, su abogado se apersonó al Ministerio Publico de la Fiscalía Especializada para Victimas de Atención Prioritaria (FEVAP) del departamento de La Paz, para efectuar una revisión del caso, siendo informado que la causa se encontraba en inventario, momentos después el investigador asignado al caso Freddy Callisaya Zapata le facilitó el cuaderno de investigaciones, donde pudo advertir, que el 18 de igual mes y año, se pronunció un acta de incomparecencia, señalando una presunta omisión al llamado de la autoridad; y, en la parte final del citado documento, se dispuso la emisión de una orden de aprehensión, cursando además la misma y la consiguiente Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Nulidad de obrados en la acción de libertad
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- y evidencia que el recurrente acudió en una segunda oportunidad a la jurisdicción constitucional mediante otra acción de libertad caracterizada por la identidad de sujeto, objeto o pretensión y causa, se halla impedida de ingresar al fondo de uno de los recursos; entendimiento que se sustenta en el hecho de que el recurrente no puede pretender que esta instancia constitucional, que ya emitió un pronunciamiento expreso sobre el mismo problema jurídico, vuelva a considerar el fondo de lo que ya fue demandado y resuelto; contrario sensu, implicaría una innecesaria e irregular duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto;
- Al ser considerada como el medio de defensa que tutela dichos derechos, tiene tramitación sumarísima y su uso debe ser mesurado, evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y fundamentos, y si tienen el mismo objeto
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- 3)
- III.2.1.
- CONFIRMAR