SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
II.2.
II.2. Mediante AS 22/2018 de 20 de junio, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada planteada por el prenombrado, fundamentando en su Considerando III que, las Sentencias 30/2016, 14/2016 y 57/2015 aparejadas no se fundaban en un mismo hecho o hechos que la Sentencia 21/2016 de 20 de junio, que lo condenó a quince años de presidio; y, que en razón a lo antes señalado, no existía inconciliabilidad entre la sentencia cuestionada y las adjuntadas para su compulsa por efecto de fundarse en un mismo hecho o hechos y que tengan un resultado jurídico diferente, sea en el tipo penal o la forma de resolverse la causa, siendo inexistente la circunstancia de que los hechos compulsados, a partir de la dicotomía emergente de dos criterios contrapuestos expresados en dos sentencias, permitan revisar la situación jurídica del solicitante (fs. 9 a 10 vta.).
- acción de libertad
- la existencia de dos sentencias fundadas en un mismo hecho o hechos
- acompañar
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances con relación al debido proceso
- Al respecto, la doctrina desarrollada por el entonces Tribunal Constitucional, estableció que la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional,
- …para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15