Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2019-S3
Fecha: 12-Mar-2019
III.
El accionante alega la lesión de sus derechos a la libertad, a la salud, al trabajo, a la familia, a la defensa, al debido proceso, y a una justicia pronta y “efectiva”, toda vez que la autoridad demandada, a través de los Autos Interlocutorios 345/2018 de 24 de septiembre y 364/2018 de 2 de octubre, rechazó sus solicitudes de cesación a la detención preventiva, siendo que contra el primero impugnaron la víctima y su persona, y el segundo únicamente la víctima; sin embargo, los señalados recursos no fueron remitidos dentro el plazo legal al superior en grado, afectando sus derechos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR