SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019-S3

Fecha: 12-Mar-2019

denegó

El Juez de Sentencia Penal y Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 18 de 12 de octubre de 2018, cursante de fs. 69 a 71, denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La valoración de la prueba es atribución privativa del juez que ejerce el control jurisdiccional, por ende, de la jurisdicción ordinaria; 2) Sólo en casos excepcionales la jurisdicción constitucional puede valorar la prueba, previa concurrencia de determinados presupuestos como “…apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad (…) o cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia de la lesión a derechos fundamentales…” (sic), por cuanto considera que “…en una acción de libertad no le corresponde al juez de garantías (…) realizar nueva valoración de la prueba por lo que se colige la inexistencia de la conculcación al derecho a la libertad y al debido proceso…” (sic); 3) Las autoridades demandadas se pronunciaron sobre la problemática planteada según parámetros de razonabilidad y equidad por lo que no corresponde ingresar al análisis de fondo; y; 4) No se evidencia que las actuaciones cuestionadas vulneren el derecho a la libertad, al debido proceso y la libertad de locomoción.