Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2019-S3
Fecha: 15-Mar-2019
II.1.
II.1. Cursa Oficio 1.206/2017 firmado por Gualberto Rueda Flores, Juez de Ejecución Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, en suplencia legal de su similar Tercero, el cual se encuentra dirigido al Director del Centro Penitenciario de Palmasola de igual departamento, solicitándole la remisión de documentos concernientes a la “Redención”, con cargo de recepción de 27 de diciembre de 2017 (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes para la activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- a)
- REVOCAR