SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

i)

           En el caso concreto, se advierte que las solicitudes presentadas por la accionante el 19 de marzo de 2018, referidas a: i) Pago de canon de arrendamiento de inmueble o emisión de resolución administrativa sobre la negativa o retraso emergente del contrato de 2 de enero de 2014; ii) Pago de canon de arrendamiento de inmueble o emisión de resolución administrativa sobre la negativa o retraso emergente del contrato de 1 de julio del mismo año; y, iii) Pago de canon de arrendamiento de inmueble o emisión de resolución administrativa sobre la negativa o retraso emergente del contrato de 2 de enero de 2015, no merecieron respuesta alguna por parte de la autoridad demandada, ocasionando de esta forma la lesión del derecho de petición de la impetrante de tutela ante la inexistencia de un pronunciamiento formal que haya sido de su conocimiento, y que en su caso responda de forma positiva o negativa las solicitudes contenidas en los tres memoriales antes mencionados, aspecto que amerita la concesión de la tutela impetrada.

           Finalmente, sobre la denunciada vulneración de los derechos al acceso a la justicia administrativa y al debido proceso en sus vertientes de proposición, oposición y/o impugnación, a un proceso administrativo público y a la conclusión en su plazo razonable, debemos puntualizar que en el presente caso no se advierte la lesión de los mismos ante la inexistencia de una causa administrativa y/o judicial abierta en la que el accionante pueda ejercerlos. Asimismo, en relación a la alegada lesión de los principios de eficacia, economía, simplicidad y celeridad, cabe mencionar que este Tribunal Constitucional Plurinacional se limita a la revisión de la lesión de derechos y garantías constitucionales, y no así a la tutela de principios de forma directa, por lo que tampoco amerita un pronunciamiento de fondo al respecto.