II.3.
II.3. Consta memorial de apersonamiento presentado el 22 de agosto de 2018, por el demandante de tutela ante la autoridad fiscal demandada, dentro de la denuncia formulada en su contra, solicitando la extensión de fotocopias simples de todo el cuaderno de investigaciones; y a la vez, pidió se considere su domicilio, señalado al final del memorial, mismo que no fue consignado; mereciendo el decreto de 23 de igual mes y año, en el que se dispuso que esté a procedimiento y fije domicilio (fs. 27 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- i)
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto a supuestas lesiones a derechos por el Ministerio Público o la Policía Boliviana
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- el 13 de agosto de 2018
- CONFIRMAR
- 2º Recomendar
- MAGISTRADO
