AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2019-RCA

Fecha: 09-Abr-2019

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 18 de marzo de 2019, cursante de fs. 85 a 93 vta., las accionantes refieren que son legítimas propietarias de un inmueble con una extensión superficial de 1000 m2, propiedad debidamente registrada en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 3.01.1.02.0065381 de 10 de noviembre de 2014.

Señalan que, los esposos Villarroel Loma, edificaron su precaria vivienda y después de transcurridos treinta años de vivir pacíficamente en la misma, la municipalidad de cercado mediante Ordenanza Municipal (OM) 608/89 de 1 de agosto  de 1989,  bajo el argumento de necesidad y utilidad pública  procedieron a la expropiación y afectación de 635,16 m2 de los 1000 m2 del inmueble, a lo que sus padres como propietarios, resignados aceptaron el cercenamiento mediante la figura legal de la compensación, comprometiéndose el municipio a dotarles de un terreno cuya superficie fuera equiparable tanto en dimensión como en ubicación, por lo que intercambiaron propuestas en fechas sucesivas desde el año 1989 hasta el 27 de junio de 1990, después de ese largo intercambio de aceptaciones, la municipalidad abandonó el mandato de expropiación señalado en la citada Ordenanza Municipal.

Luego, el 13 de enero del año 2000 (once años después de que se emitiera la OM 608/89), la Alcaldía recién en forma extemporánea realizó un avalúo de la fracción a expropiarse. Los esposos Villarroel Loma (sus padres), sin objetar lo extemporáneo de dicho avalúo municipal, presentaron otro, realizado por un profesional arquitecto, mismo que arrojó una suma mucho mayor; empero, la solución a su problema quedó una vez más en el olvido; por ello, cansadas de la incertidumbre jurídica en la que se encontraban, el 8 de junio de 2001 acudieron al Concejo Municipal, que declaró la caducidad de la OM 608/89 y emitieron la nueva OM 2972/2003 de 28 de febrero.

Posteriormente, el 14 de junio de 2004, reiteraron su solicitud de regularización de plano de lote, trámite por el que se les cobró valores municipales y que jamás tuvo respuesta; ante el silencio prolongado de la autoridades, una vez más, solicitaron la “regularización de plano de lote”; pero al igual que en anteriores ocasiones no se les dio a conocer el destino del mismo.

El 17 de marzo de 2015, presentaron a la comuna Molle, una solicitud de regularización de plano de lote, asignándosele el número 363/2015 y al no recibir ninguna respuesta y realizado el reclamo, se les informó el extravío de su trámite, y vanos fueron los intentos para que aparezca, hasta que finalmente les propusieron la reposición; es decir, empezar uno nuevo, lo que representaba el gasto de aproximadamente de Bs5 000.- (cinco mil bolivianos). Realizada la reposición fue entregada a la sub alcaldía de la comuna Molle, ingresando el trámite con el número 1747; y, curiosamente, pasados otros meses sin obtener respuesta alguna, se les informó que el trámite también fue extraviado. En síntesis, en la misma oficina, perdieron sus trámites de 6 de enero de 2012, 17 de marzo de 2015 y 5 de diciembre de 2016.

Ante ese abuso municipal, realizaron el correspondiente reclamo al Concejo Municipal, recibiendo como respuesta que la responsabilidad de los funcionarios del municipio, cae dentro de la Ley de Administración y Control Gubernamentales -Ley 1178 de 20 de julio de 1990- y la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz -Ley 004 de 31 de marzo de 2010-, pero no se hizo absolutamente nada; pasado el tiempo, continuaron solicitando se les escuche en su justo pedido de recibir una respuesta legal y concreta de regularización de plano de lote; luego, el 18 de enero de 2018, mediante informe 82/2018 un técnico de la unidad de ordenamiento territorial, les reiteró que la apertura de la calle Wayruro se realizaría y además que dicha afectación de terreno, la harían de forma totalmente gratuita para el municipio, señalando a efectos de intimidarlas que de no aceptar esa propuesta el Concejo Municipal, dará inicio al proceso de necesidad y utilidad pública para una ilegal “segunda expropiación al mismo predio”; posteriormente, les hicieron llegar una conminatoria  para que prosigan el trámite de regularización de su predio.

Concluyen indicando, que a lo largo de todo este tiempo solicitaron en reiteradas oportunidades el trámite de regularización de plano de lote y nunca obtuvieron resultado, tampoco una respuesta formal a ninguna de sus peticiones, y en otras tantas ocasiones la alcaldía municipal de Cochabamba, extravió sus trámites como una forma de salir del paso, sin preocuparles el costo que importa la presentación de cada trámite, tanto en valores municipales como honorarios profesionales.