Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2019-RCA
Fecha: 26-Abr-2019
DEVOLVER
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 10.I.3 del Código Procesal Constitucional; dispone: DEVOLVER la presente acción de cumplimiento a la Sala Constitucional Primera del departamento de Tarija, para que se proceda al correspondiente archivo de obrados, con la aclaración que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, solo se refiere a cuestiones procesales.
- acción de cumplimiento
- I.1.
- I.2.
- y se tramitará de la misma forma que la Acción de Amparo Constitucional
- que deberá ser notificada a la parte accionante, para que ésta en el plazo de tres días plantee la impugnación contra dicha decisión
- remitir en el término de dos días el expediente en grado de revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional,
- II.2. Análisis del presente caso
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