SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2019-S4

Fecha: 01-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 25 de septiembre de 2017, mediante memorándum SG-ADM-019/17, fue designado con el cargo de enfermero en la Clínica Privada de Salud Santa Gracia S.R.L, comenzando a trabajar el 1 de octubre del citado año, con un sueldo mensual de Bs2 018.- (dos mil dieciocho bolivianos). Al momento de ingresar a dicha entidad, su concubina se encontraba embarazada de siete meses, situación que era de pleno conocimiento de la empresa empleadora, ya que comunicó de manera verbal la situación al Jefe y Representante Legal Walter Fernando Villarroel Noriega, a quien le preguntó sobre los documentos necesarios para poder acogerse al beneficio de las asignaciones familiares, a efectos de acceder a los subsidios de prenatalidad, natalidad y posteriormente lactancia, situación que molestó al –ahora– demandado, quien le manifestó que si quería permanecer trabajando, debía olvidar el tema y buscar de manera particular la forma para cubrir este requerimiento, pues no era responsabilidad de la empresa. Asimismo, cuando nació su hija el 8 de noviembre de 2017, se le negó su derecho al permiso por paternidad, aduciendo que no existía personal para cubrir ese turno.

Añade –además–, que la situación llegó a tal extremo que el 6 de mayo de 2018, cuando se encontraba en su respectivo turno de trabajo, el –hoy– demandado lo llamó a su despacho para indicarle que estaba suspendido indefinidamente por mala praxis, sin darle una respuesta del porqué, limitándose a sólo indicarle que ya no trabajaba en la clínica, que firmara los papeles de su renuncia y que se retire. En tales circunstancias, el 7 del mismo mes y año, acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social del Beni, donde le aconsejaron que solicite su reincorporación laboral, razón por la cual se hizo presente en la clínica con la nota respectiva; sin embargo, el representante legal no quiso recibirla. Ante las acusaciones falsas decidió  presentar su renuncia voluntaria el 14 de mayo de 2018, en la cual le hizo recuerdo que solicitó su restitución al puesto de trabajo y, que se le cancelen los beneficios sociales y pagos de asignación familiar; así como la extensión de un certificado de trabajo. Empero, dicha renuncia no fue aceptada.

Por tal motivo, el 24 de mayo de 2018 se reunieron en la Jefatura del trabajo, donde firmaron un acta, donde el –ahora– demandado se compromete a la cancelación de sus beneficios sociales; por tal razón, el 26 de ese mes y año hizo llegar a la oficina del trabajo un cheque por el monto de  Bs2 956,71 (dos mil novecientos cincuenta y seis 71/100 bolivianos), mismo que su fue rechazado por el –hoy– impetrante, ya que el representante legal desconoce todos los beneficios sociales y asignaciones familiares que por ley le corresponden.