SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2019-S4

Fecha: 01-Abr-2019

II.5.

II.5.    Por memorial de 20 de febrero de 2017, el ahora impetrante de tutela, interpuso recurso jerárquico contra la RA 011/017, cuestionando que:    a) Se le hubiese tomado un examen de segundo turno, en el que las preguntas ambiguas e inconsistentes respondían a contenidos que no fueron desarrollados en clase, limitándose el fallo impugnado a señalar sólo algunos argumentos mencionados en el recurso de revocatoria; y,   b) La RA 011/2017 carece de motivación y fundamentación, puesto que: 1) Se limitó a  transcribir artículos del Reglamento Estudiantil y el Estatuto Orgánico de la UNIPOL; 2) No hizo referencia a aspectos observados por su persona; 3) Es incongruente, pues señala que su persona reprobó el examen de segunda instancia, error en el que se advierte que no se realizó un análisis de su caso; 4) No se observó que debido a la ambigüedad de sus preguntas, la nota obtenida es inferior a las que obtuvo en el semestre; 5) No se pronunció sobre su reclamo, en sentido que las preguntas admitían distintas interpretaciones; 6) No consideró que de acuerdo a la Constitución Política del Estado y las Sentencias Constitucionales se debe dar un plazo razonable para rendir una prueba; 7) No respondió si es cierto que la revisión de examen es un derecho, la misma se limita a un acto formal nada más; y, 8) No se tomó en cuenta que la revisión de las notas de reprobación deben ser asumidas por “el DACA” y “el DIPES” (fs. 21 a 23).