SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S2
Fecha: 03-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades judiciales demandadas vulneraron los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso en sus componentes de una debida fundamentación y motivación; toda vez que, declararon ilegal el recurso de compulsa que formuló, sin considerar que el plazo de cinco días para apelar, la sentencia en materia laboral, quedó suspendido por justa causa los días 9, 11 y 12, todos de enero de 2018 por los paros cívico y de la COB, dado que las labores judiciales se realizaron en horario continuo durante seis horas, siendo que el horario normal es de ocho horas diarias; por lo que solicita que se disponga la nulidad del Auto Compulsorio 05/2018 de 27 de marzo y se ordene a las autoridades demandas, que emitan nueva resolución, tomando en cuenta los fundamentos de la acción de amparo constitucional.