SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
denegó
El Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 17/2018 de 14 de noviembre, cursante de fs. 14 vta. a 15 vta., denegó la tutela solicitada, fundamentando que: 1) La acción de libertad se constituye en una garantía eficaz para la tutela inmediata de los derechos que se encuentran dentro de su ámbito de protección; sin embargo, resulta también evidente que cuando en la vía ordinaria existan otros medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir el derecho a la libertad física o personal o el derecho a la libertad de locomoción, los mismos deben ser utilizados previamente antes de acudir a la vía constitucional; 2) No obstante lo mencionado, y conforme a lo establecido en la SCP 0066/2010-R de 3 de mayo, sobre el principio de informalismo y la falta de presentación de pruebas en la acción de libertad, señaló que: “…uno de los principios que rige este recurso es el de informalidad, pero se entiende que dicho criterio no alcanza a la obligación que tiene el accionante de presentar la prueba necesaria que acredite su pretensión” (sic); por lo que, el impetrante de tutela está en la obligación de demostrar con pruebas y medios idóneos los supuestos en los cuales se ha violentado su derecho vulnerado, conforme lo dispuesto en el art. 125 de la CPE con relación al art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, 3) La falta de prueba en acción de libertad se constituye en causal de improcedencia ante la incertidumbre de lesión al derecho a la libertad ocasionada por la autoridad demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- interpongo la ACCION DE LIBERTAD EN CONTRA DE LOS SEÑORES FISCALES DE LA UNIDAD CORPORATIVA PATRIMONIAL NUMERO CUATRO Y EN CONTRA DE LA SEÑORA JUEZ DOCEAVO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL DRA. ESTRELLA MONTAÑO OCAMPO
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1.
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR