SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de sus derechos al trabajo y a una fuente laboral estable, debido a que el codemandado, Secretario Municipal Administrativo, mediante nota que contenía su agradecimiento de funciones, con el visto bueno de la demandada, Alcaldesa Municipal, la cesó de sus funciones de Asesora Legal del Gobierno Autónomo Municipal de Poopó del departamento de Oruro, con la justificación de presunta ineficiencia, falencia y equivocaciones en la que habría incurrido, atribuyéndose competencia que no tiene, porque fue designada por la MAE municipal; por lo que, después de presentar los recursos revocatorio y jerárquico, no obtuvo respuesta alguna de ambos demandados; habiendo presentado la denuncia a la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, empero, esta entidad se separó del conocimiento del mismo, argumentando que no tenía competencia para conocer y resolver el problema planteado por tratarse de una funcionaria municipal de libre nombramiento, por lo que pide se le conceda la tutela, y se disponga su restitución inmediatamente de su cargo, el pago de sus sueldos devengados de los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio de 2018 y el incremento de este año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1) las autoridades
- III.2. Análisis del caso concreto
- providencia de 19 de julio de 2018
- CONFIRMAR