Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2019-S2
Fecha: 08-Abr-2019
II.5.
II.5. Por nota de 17 de julio de 2018, el impetrante de tutela solicitó a la autoridad demandada, que controle a su personal, frente a ello dicha autoridad, mediante providencia de 18 de igual mes y año, señaló: “…Secretaria General…”, con memorándum al Arq. Ocaña para que atienda e informe con copia a la Dra. Alarcón” (sic) (fs. 32).