SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante contratos individuales de trabajo para sus respectivos cargos, y de conclusión en su mayoría de 31 de diciembre de 2018, ingresaron a trabajar al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, realizando sus funciones con responsabilidad, honestidad, puntualidad, esmero y lealtad hacia la institución, sin reparar en los horarios, remuneración o actividades extras que les fueron asignadas, con la finalidad de poder llevar el sustento a sus hogares; empero, de manera arbitraria y cobarde, sin justificativo alguno, se entregaron memorando de despido, sin respetar el plazo contractual pactado.
Ante tal eventualidad, acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, donde se emitió la Conminatoria de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral JDTSC/CONM 078/2018 de 15 de agosto, ordenando a la entidad municipal a proceder con la inmediata restitución de los trabajadores a sus fuentes laborales, con reposición de sueldos devengados y beneficios de ley; determinación que no obstante haber sido puesta en conocimiento de la entidad demanda, no fue cumplida, conforme establece el Informe de Verificación de Reincorporación JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 052/2018 de 21 de agosto, elaborado por la Inspectora de Trabajo, dependiente de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz; extremo que les afecta gravemente, privando a sus familias del pan de cada día.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- provisional
- CONFIRMAR