Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
Conminatoria de Reincorporación J.D.T.T. 32/18 de 23 de abril de 2018
Habiendo acudido a la Jefatura Departamental de Trabajo para denunciar su injusta, abrupta y discrecional desvinculación y pedir su reincorporación, después de cumplir con el trámite administrativo, esa autoridad emitió la Conminatoria de Reincorporación J.D.T.T. 32/18 de 23 de abril de 2018, en su favor, para que dicha empresa le reincorpore a su trabajo, más el pago de sus sueldos devengados en el plazo tres días; sin embargo, la misma no dio cumplimiento a la mencionada Conminatoria, con lo que le privó de su fuente laboral y el sustento para él y su familia. Este incumplimiento pudo constatar la autoridad demandada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Conminatoria de Reincorporación J.D.T.T. 32/18 de 23 de abril de 2018
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Abstracción del principio de subsidiariedad y
- no es una instancia más dentro del proceso administrativo laboral iniciado ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo, si bien, dichas instituciones pretenden precautelar los derechos de los trabajadores a la estabilidad laboral, empero, al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió,
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR